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La Audiencia de Navarra revoca el archivo de una causa de violencia de género al apreciar indicios de maltrato y espionaje

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El tribunal corrige al juzgado de instancia y ordena continuar el procedimiento penal contra un hombre acusado de maltratar a su mujer e hijas, entrar sin permiso en su negocio privativo y grabar conversaciones familiares, al considerar que existen pruebas suficientes para ir a juicio.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha dictado un auto que impide el cierre en falso de un procedimiento de violencia sobre la mujer. El tribunal ha revocado el sobreseimiento provisional dictado por un juzgado de Tudela y ha ordenado que la causa continúe su tramitación hacia el juicio oral. Los magistrados consideran que existen indicios suficientes de la comisión de delitos de maltrato habitual, robo y revelación de secretos que impiden dar carpetazo al asunto en la fase de instrucción.

La resolución estima el recurso de la denunciante y corrige el criterio del juez instructor, quien había decidido archivar el caso por falta de pruebas apenas unos meses después de haber visto motivos para juzgarlo. La Audiencia reprocha este cambio de criterio «radical» y sin motivación, recordando que en esta fase procesal no se exige certeza absoluta de culpabilidad, sino una base indiciaria sólida que justifique el debate en el plenario.

Testimonios y cambios de criterio inexplicables

El litigio se centra en la denuncia de una mujer contra su marido por una situación de violencia física y psíquica que también afectaría a las hijas de la pareja. El juzgado de instrucción, tras practicar varias diligencias, decidió inicialmente archivar la causa al no ver delito.

La Audiencia Provincial discrepa profundamente de esta valoración. El auto destaca que el propio juez instructor había dictado previamente resoluciones encaminadas a preparar el juicio, para luego desdecirse sin aportar nuevos razonamientos lógicos. El tribunal superior subraya que la exploración judicial de la hija menor de la pareja «ha venido a corroborar indiciariamente los actos de violencia física y psíquica» denunciados.

Los magistrados recuerdan que, en la fase de instrucción, basta con que las diligencias arrojen un resultado «compatible con la hipótesis inculpatoria» para que el caso deba avanzar. Cerrar la investigación prematuramente cuando hay declaraciones de cargo coherentes vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima.

Espionaje y acceso al negocio de la mujer

Uno de los aspectos más relevantes del auto es el análisis de conductas de control que podrían ser delictivas. La denuncia incluía acusaciones sobre la intromisión del investigado en la esfera privada y profesional de su esposa. En concreto, se le acusa de retirar las cerraduras de los baños y de entrar sin permiso en el negocio privativo de la mujer.

El tribunal advierte que estas acciones no pueden ampararse automáticamente en la «excusa absolutoria» de parentesco (una figura legal que a veces impide castigar delitos patrimoniales entre cónyuges). Al tratarse de un local de negocio exclusivo de la denunciante, la Sala entiende que la conducta debe ser juzgada para determinar si constituye un delito de robo o coacciones, sin que el matrimonio sirva de escudo para la impunidad.

Asimismo, se investigan grabaciones de conversaciones entre la madre y la hija. El investigado aportó audios que, según la acusación, fueron obtenidos sin consentimiento. La Audiencia señala que existen versiones contradictorias sobre si hubo autorización para grabar, una discrepancia que solo puede resolverse en un juicio oral y no mediante el archivo directo de las actuaciones.

La función de la instrucción no es sentenciar

La resolución tiene un carácter didáctico sobre los límites de la fase de investigación. La Audiencia explica que el juez de instrucción no debe realizar juicios de valor definitivos sobre la culpabilidad, propios de la sentencia, sino filtrar si hay «material suficiente» para acusar.

En este caso, la Sala concluye que la retirada de cerraduras, las entradas no consentidas en el negocio y las grabaciones, sumadas a los testimonios de maltrato, conforman un cuadro indiciario que «impide el sobreseimiento acordado». Por tanto, ordena al juzgado que dicte el auto de procedimiento abreviado (el paso previo al juicio) por los delitos de maltrato habitual, robo y contra la intimidad.

Aunque el tribunal rechaza practicar nuevas pruebas testificales solicitadas por la víctima al considerarlas innecesarias en este momento, el núcleo de la decisión es una victoria para la denunciante: el caso no se cierra y el acusado deberá enfrentarse a un juicio donde se valorará la prueba con todas las garantías.

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Autor

  • José Alejandro Malavé

    Soy cursante de Ingeniería en Telecomunicaciones. Tengo una gran experiencia realizando contenidos de diferentes temáticas para una larga lista de sitios web. Soy aficionado al fútbol y los videojuegos. Siempre estoy dispuesto a emprender nuevas aventuras.

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Resumen
El tribunal reabre la causa contra un marido acusado de grabar a su mujer y entrar a la fuerza en su negocio privativo
Nombre del artículo
El tribunal reabre la causa contra un marido acusado de grabar a su mujer y entrar a la fuerza en su negocio privativo
Descripción
La Audiencia de Navarra ordena juzgar a un hombre por maltrato y espionaje a su mujer, al considerar que existen indicios suficientes y revocar el archivo del caso.
Autor
Publisher Name
UCDD

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