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El Tribunal Supremo confirma la condena por delito de desobediencia al negarse un conductor a la prueba de alcoholemia

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El Tribunal Supremo confirmó la condena impuesta a un hombre que se negó a someterse a la prueba de detección de alcohol y drogas tras ser requerido por agentes de la Policía Local de Móstoles. La Sala de lo Penal desestimó el recurso de casación interpuesto por el acusado y ratificó la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que ya había mantenido la condena por delito de desobediencia a la prueba de alcoholemia previsto en el artículo 383 del Código Penal.

La resolución aclara que este tipo penal protege el principio de autoridad y refuerza la eficacia de los controles de seguridad vial. Además, recordó que el recurso de casación frente a sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales está limitado exclusivamente a la infracción de ley por error jurídico y no permite revisar cuestiones probatorias.

Los hechos que dieron origen al proceso penal

Los hechos ocurrieron el 29 de octubre de 2022 en el cruce de las calles Ávila y Libertad, en Móstoles. El acusado se encontraba fuera de su vehículo, un Citroën C3, en evidente estado de somnolencia y con síntomas de haber consumido alcohol o drogas. Los agentes le indicaron que debía someterse a la prueba de detección. El test salival preliminar resultó positivo en cocaína.

Tras ese resultado, se le solicitó introducir un hisopo en la boca para obtener una muestra suficiente. Al principio colaboró, pero después comenzó a comportarse de forma agresiva. Mordió de manera repetida el dispositivo, lo expulsó en varias ocasiones y terminó negándose tajantemente a continuar. Los policías le recordaron en todo momento que la prueba era obligatoria y que su negativa podía constituir delito. Aun así, rechazó someterse a los controles.

Condena inicial y recurso ante la Audiencia Provincial

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Móstoles condenó al acusado por un delito de conducción bajo los efectos de sustancias estupefacientes y por un delito de desobediencia a la prueba de alcoholemia. La sentencia impuso penas de multa, prisión y privación del derecho a conducir.

La Audiencia Provincial estimó parcialmente el recurso de apelación y absolvió al acusado del delito de conducción bajo la influencia de drogas. Sin embargo, mantuvo la condena por delito de desobediencia a la prueba de alcoholemia, entendiendo que la negativa persistente a la prueba configuraba el tipo penal del artículo 383 del Código Penal.

El recurso de casación y la intervención del Tribunal Supremo

La defensa interpuso recurso de casación alegando infracción de ley y vulneración de derechos fundamentales. Entre los argumentos principales, sostuvo que no existía constancia expresa en los hechos probados de que el acusado fuese el conductor del vehículo, elemento que considera imprescindible para aplicar el artículo 383.

El Tribunal Supremo rechazó este planteamiento. La Sala sostuvo que las circunstancias descritas en los hechos probados permiten concluir de forma razonable que el acusado había conducido hasta el lugar. Señaló que su estado físico, su posición en el vehículo y la falta de prueba de la existencia de otro conductor refuerzan esa conclusión.

El Supremo advirtió que permitir lo contrario abriría la puerta a que cualquier persona eludiera el control simplemente bajándose del vehículo en el momento previo a la intervención policial. Según la resolución, el tipo penal exige que el sujeto sometido a la prueba sea conductor, pero esa condición puede deducirse racionalmente de la situación.

Límites del recurso de casación penal

La sentencia también profundiza en la naturaleza del recurso de casación cuando se interpone contra decisiones en apelación. Recordó que el artículo 847.1.b) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal limita el recurso exclusivamente a la infracción de ley del artículo 849.1, es decir, al error jurídico de subsunción. Por tanto, no es admisible invocar vulneración de derechos fundamentales, falta de motivación o error en la valoración de la prueba.

El Tribunal insistió en que el recurso penal ante el Supremo no constituye una segunda instancia probatoria. Su función es garantizar la interpretación uniforme del derecho penal sustantivo y reforzar la seguridad jurídica. También señaló que debe inadmitirse cualquier intento de reabrir la discusión sobre hechos ya fijados en la sentencia de apelación.

La negativa a realizar la prueba como delito autónomo

El Tribunal Supremo reiteró que el artículo 383 del Código Penal constituye un delito especial de desobediencia con una finalidad preventiva. Su objetivo es garantizar la eficacia de los controles de alcoholemia y evitar que la negativa impida perseguir delitos relacionados con la seguridad vial. La jurisprudencia define esta conducta como un delito obstáculo, que anticipa la protección del bien jurídico antes de que se produzca un daño o un peligro concreto.

La Sala destacó que el bien jurídico principal es el principio de autoridad, aunque de manera indirecta se protege también la seguridad del tráfico. De este modo, el legislador busca evitar que la negativa a la prueba inutilice mecanismos esenciales de prevención.

Conclusión de la resolución

Tras analizar los argumentos, el Tribunal Supremo declaró no haber lugar al recurso y confirmó la condena. El acusado deberá asumir las costas procesales. La sentencia refuerza la doctrina sobre la negativa a someterse a la prueba de detección de alcohol o drogas como delito autónomo y recuerda los límites estrictos del recurso de casación en materia penal.

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Autor

  • José Alejandro Malavé

    Soy cursante de Ingeniería en Telecomunicaciones. Tengo una gran experiencia realizando contenidos de diferentes temáticas para una larga lista de sitios web. Soy aficionado al fútbol y los videojuegos. Siempre estoy dispuesto a emprender nuevas aventuras.

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El Tribunal Supremo confirma la condena por delito de desobediencia al negarse un conductor a la prueba de alcoholemia
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El Tribunal Supremo confirma la condena por delito de desobediencia al negarse un conductor a la prueba de alcoholemia
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El Tribunal Supremo confirma la condena por delito de desobediencia al negarse un conductor a la prueba de alcoholemia, destacando el valor del principio de autoridad y los límites del recurso de casación.
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UCDD

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