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El Tribunal Supremo confirma prisión permanente revisable a madre que asesinó a su hija en Lugo

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de prisión permanente revisable impuesta a una mujer que asesinó a su hija de siete años en Lugo en 2018. La sentencia, fechada el 17 de abril de 2024, desestima el recurso de casación de la defensa y confirma las resoluciones previas de la Audiencia Provincial de Lugo y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Los hechos probados

La acusada, identificada como Adelaida, mantuvo una relación sentimental con Julio, con quien tuvo a su hija Asunción en 2011. Tras la separación de la pareja en 2014, la custodia fue atribuida a la madre. El 3 de mayo de 2018, mientras dormía con la niña en la misma cama, le administró un fármaco sedante (trazodona) y la asfixió con sus manos y posiblemente con un cojín, causándole la muerte por asfixia mecánica.

Las investigaciones revelaron que días antes había buscado en internet métodos para acabar con la vida de su hija, incluyendo venenos como la estricnina. La acusada sabía además que el padre planeaba solicitar un incremento del régimen de visitas, lo que podría haber motivado el crimen.

La sentencia del jurado

El Tribunal del Jurado de Lugo condenó en marzo de 2023 a Adelaida por asesinato con la agravante de parentesco. Se le impuso la pena de prisión permanente revisable, la inhabilitación absoluta y diez años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena. También se le ordenó indemnizar al padre con 250.000 euros. La sentencia fue confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en julio de 2023.

Argumentos de la defensa en casación

La defensa recurrió al Tribunal Supremo alegando vulneración del principio acusatorio, errores en la formulación del objeto del veredicto y una supuesta alteración psíquica que debía haber sido considerada como eximente o atenuante. También cuestionó la valoración de las pruebas periciales realizadas por los forenses.

El recurso se basó en tres motivos principales: infracción de preceptos constitucionales, defectos en la aplicación de la Ley del Jurado y errores en la valoración de la prueba documental.

Respuesta del supremo

La Sala de lo Penal, con ponencia del magistrado Vicente Magro Servet, rechazó todos los argumentos de la defensa. El Supremo sostuvo que el jurado tuvo en cuenta todas las opciones legales posibles, incluyendo la eximente completa o incompleta por alteración psíquica, la atenuante simple y la inexistencia de circunstancias modificativas de responsabilidad. Finalmente, los jurados consideraron, en base a informes forenses, que la acusada era plenamente consciente de sus actos.

El tribunal destacó que la acusada había actuado con premeditación, planificando el crimen y manteniendo su intención durante varios minutos, lo que evidenciaba plena voluntad de causar la muerte de la niña. Asimismo, subrayó que el trastorno diagnosticado no anulaba sus capacidades cognitivas ni volitivas.

Violencia vicaria y agravante de parentesco

La sentencia enmarca el caso como un ejemplo de violencia vicaria, al tratarse de un crimen cometido por la madre contra su propia hija con el trasfondo de un conflicto de custodia. El Supremo confirmó la aplicación de la agravante de parentesco, destacando que la acusada tenía el deber de proteger a su hija, no de atentar contra su vida.

El fallo también enfatizó que no se apreció ninguna circunstancia atenuante, ya que la acusada sabía lo que hacía, buscó métodos para ejecutar el crimen y simuló síntomas psicóticos para intentar confundir la investigación.

Consecuencias del fallo

La sentencia del Supremo deja firme la condena a prisión permanente revisable, máxima pena contemplada en el Código Penal. La acusada deberá cumplir la pena privativa de libertad, además de la libertad vigilada posterior y la indemnización al padre de la menor.

Este caso se suma a otros en los que el alto tribunal refuerza la aplicación de la prisión permanente revisable para delitos de especial gravedad, especialmente cuando la víctima es un menor de edad y existe una relación de parentesco.

Un precedente en materia de violencia familiar

El fallo envía un mensaje contundente sobre la protección de los menores en el ámbito familiar. Subraya que las medidas atenuantes por trastornos mentales solo pueden aplicarse cuando estos afectan realmente a la capacidad de comprender la ilicitud del acto o de controlar la propia conducta, lo que no se acreditó en este caso.

Asimismo, refuerza la doctrina del Supremo respecto a la violencia vicaria, calificando este tipo de asesinatos como uno de los crímenes más graves que pueden cometerse por la traición a los lazos más básicos de protección.

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Autor

  • José Alejandro Malavé

    Soy cursante de Ingeniería en Telecomunicaciones. Tengo una gran experiencia realizando contenidos de diferentes temáticas para una larga lista de sitios web. Soy aficionado al fútbol y los videojuegos. Siempre estoy dispuesto a emprender nuevas aventuras.

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Resumen
El Tribunal Supremo confirma prisión permanente revisable a madre que asesinó a su hija en Lugo
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El Tribunal Supremo confirma prisión permanente revisable a madre que asesinó a su hija en Lugo
Descripción
El Tribunal Supremo confirma la condena de prisión permanente revisable a una madre que asesinó a su hija de siete años en Lugo. La sentencia rechaza la eximente por alteración psíquica y refuerza la doctrina sobre violencia vicaria.
Autor
Publisher Name
UCDD

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