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La Justicia Gallega Ratifica la Prisión Permanente revisable para el Hombre que Asesinó a su Hijo de 11 Años para Hacer Sufrir a su Exmujer

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La justicia gallega ratifica la prisión permanente para el hombre que asesinó a su hijo de 11 años para hacer sufrir a su exmujer

Un crimen que conmocionó a galicia

La justicia gallega ha dado un paso definitivo en uno de los casos más crueles y mediáticos de los últimos años. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la condena de prisión permanente revisable impuesta a un hombre que, en mayo de 2017, asesinó a su propio hijo, un niño de tan solo once años, en un bosque de la provincia de A Coruña. El móvil del crimen, según ha quedado probado en dos instancias judiciales, no fue un arrebato de locura, sino un acto de venganza fríamente calculado con un único objetivo: causar el mayor sufrimiento psíquico posible a su exesposa, la madre del pequeño.

Este fallo, emitido el 31 de enero de 2019, pone fin al recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y ratifica íntegramente la sentencia del jurado popular y de la Audiencia Provincial de A Coruña. La historia es un escalofriante recordatorio de cómo la violencia de género puede trascender a la pareja y convertir a los hijos en armas arrojadizas en manos de sus progenitores.

Una tragedia anunciada desde 2009

La historia de este crimen tiene sus raíces en una relación tóxica que se remonta a 2009. Abelardo, el condenado, nunca aceptó la decisión de su esposa, Serafina, de separarse de él. Tras la ruptura, su comportamiento se volvió amenazante e intimidatorio. De hecho, ya en 2009 fue condenado por un delito continuado de coacciones en el ámbito familiar por enviar mensajes amenazantes a su exmujer.

A pesar de esta condena, el acoso no cesó. En 2013, Serafina tuvo que denunciar nuevas amenazas recibidas a través de redes sociales. Aunque en aquella ocasión no se pudo acreditar la autoría, el patrón de conducta estaba claro: Abelardo no estaba dispuesto a dejar ir a su exesposa.

El 25 de abril de 2016, apenas un año antes del asesinato, el hermano de Serafina recibió un mensaje escalofriante desde una cuenta vinculada a Abelardo. El texto decía: “La última palabra no está dicha en esta historia. El daño ya lo hicisteis hace tiempo y las dos únicas cosas que podían hacer daño, por suerte o fortuna, no están en vuestras manos… Todo en esta vida tiene un punto final… el caso es que nos guste a todos…”. El hermano, para proteger a Serafina, decidió no mostrarle el mensaje. En retrospectiva, estas palabras adquieren un cariz siniestro y profético.

El día del siniestro

El domingo 7 de mayo de 2017, día de la Madre, Abelardo recogió a su hijo Geronimo para pasar con él el fin de semana, tal y como establecía el régimen de visitas. Fue entonces cuando llevó a cabo su macabro plan. Se dirigió con el niño en su coche a un lugar boscoso y apartado. Allí, armado con una pala de obra que había llevado con ese propósito, asestó varios golpes brutales en la cabeza del menor, asegurándose de que la diferencia de fuerza y la sorpresa le garantizaban el éxito sin riesgo para sí mismo.

Tras cometer el asesinato, intentó ocultar el cuerpo arrastrándolo a un lugar aún más recóndito y comenzó a cavar un hoyo para enterrarlo. Sin embargo, desistió y dejó el cadáver a la intemperie. Esa misma noche, durmió en una habitación de hotel que había reservado previamente, un detalle que demuestra una frialdad y una planificación inhumanas.

La defensa intentó invocar un brote psicótico sin éxito

Durante el juicio, celebrado ante un Tribunal del Jurado, la defensa del acusado intentó por todos los medios atenuar su responsabilidad. Su principal argumento fue que Abelardo actuó bajo los efectos de un “brote psicótico” que le hizo perder el control de sus facultades mentales. Para sustentar esta tesis, presentaron informes periciales propios.

Sin embargo, tanto el jurado popular como los magistrados del TSXG rechazaron rotundamente esta versión. La sentencia es contundente al respecto: los hechos probados “se avienen francamente mal con esa locura” en la que insistía la defensa. Los peritos judiciales, que tuvieron acceso a toda la documentación del caso, concluyeron que el acusado padecía un trastorno adaptativo, pero que este no alteraba en absoluto sus facultades de entendimiento y voluntad en el momento de cometer el crimen.

La sentencia detalla minuciosamente por qué la teoría del brote psicótico es insostenible. El acusado planeó el crimen: eligió un lugar aislado, llevó un arma (la pala), ejecutó el asesinato de forma brutal, intentó ocultar el cadáver y luego condujo de vuelta a la ciudad, donde se detuvo en un bar para limpiarse y pasó la noche en un hotel reservado. Esta “concatenación de los hechos”, como la llama la sentencia, es incompatible con un episodio de locura incontrolada. Es, por el contrario, la secuencia de acciones de alguien plenamente consciente de lo que hace.

El rechazo a cualquier atenuante por la crueldad del móvil

Otro de los intentos de la defensa fue solicitar la atenuante de “reparación del daño”, argumentando que el acusado colaboró con la policía al llevarles hasta el lugar donde se encontraba el cuerpo de su hijo. El TSXG también rechazó este argumento de forma contundente.

Los jueces recordaron que, según el veredicto del jurado, la intención primordial del acusado era causar un sufrimiento inmenso a su exmujer. En este contexto, guiar a la policía no fue un acto de arrepentimiento ni de reparación, sino un gesto irrelevante frente a la magnitud de su crimen. De hecho, la sentencia lo califica como un acto que no puede estimarse “relevante” dada la perversidad del móvil.

La sentencia recalca la inmensa gravedad del delito. No se trata solo de un asesinato, sino de un parricidio cometido con alevosía (aprovechándose de la indefensión de la víctima, un niño de 11 años), con las agravantes de parentesco y de género. Además, se le condena por un delito de lesiones psíquicas a su exmujer, quien desde el asesinato de su hijo sufre un trastorno crónico que la mantiene en tratamiento psiquiátrico y de baja laboral.

Como parte de la pena, además de la prisión permanente, se le impuso una indemnización de 180.000 euros a la madre y la prohibición de acercarse a menos de 1.500 metros de ella o comunicarse con ella por cualquier medio, durante cinco años más que la duración efectiva de su pena.

Un mensaje de firmeza contra la violencia vicaria

La ratificación de la pena de prisión permanente revisable por parte del TSXG envía un mensaje claro y contundente: la justicia no tolerará que los hijos sean utilizados como moneda de cambio o instrumentos de venganza en conflictos de pareja. El fallo subraya que el asesinato de un menor por su propio padre, con la intención explícita de torturar psicológicamente a la madre, es uno de los crímenes más execrables que existen.

Este caso es un trágico ejemplo de la llamada “violencia vicaria”, donde el agresor daña a los hijos para hacer daño a su pareja o ex pareja. La firmeza de la sentencia, que descarta cualquier atenuante y confirma la máxima pena prevista en nuestro ordenamiento, supone un hito importante en la lucha contra este tipo de violencia.

Aunque el condenado aún puede recurrir al Tribunal Supremo, la contundencia y el detallado razonamiento jurídico de la sentencia del TSXG hacen que sea muy improbable que se modifique el fallo. Para Serafina, la madre, esta sentencia es un pequeño paso hacia la justicia, aunque nada podrá devolverle a su hijo.

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Autor

  • José Alejandro Malavé

    Soy cursante de Ingeniería en Telecomunicaciones. Tengo una gran experiencia realizando contenidos de diferentes temáticas para una larga lista de sitios web. Soy aficionado al fútbol y los videojuegos. Siempre estoy dispuesto a emprender nuevas aventuras.

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Resumen
La Justicia Gallega Ratifica la Prisión Permanente revisable para el Hombre que Asesinó a su Hijo de 11 Años para Hacer Sufrir a su Exmujer
Nombre del artículo
La Justicia Gallega Ratifica la Prisión Permanente revisable para el Hombre que Asesinó a su Hijo de 11 Años para Hacer Sufrir a su Exmujer
Descripción
El TSJ de Galicia confirma la prisión permanente para el padre que asesinó a su hijo de 11 años en 2017 para vengarse de su exmujer. Un crimen frío y calculado sin atenuantes.
Autor
Publisher Name
UCDD

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